Os informamos de la reciente resolución del Tribunal Supremo sobre los requisitos médicos del cuadro médico reformado por la DGP, que suspende temporalmente ciertas medidas:

Auto de 28 de septiembre de 2021, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara suspender cautelarmente los puntos 2 (“Cuerpos extraños intraoculares”) y 10 (“No se admitirán lentes fáquicas”) del Apartado I (“Aparato de la visión”) del Anexo del Real Decreto 326/2021.

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