
Policía Local – Islas Baleares
Convocatoria unificada EBAP · Agente de Policía Local · 2026
BOIB · Marzo 2026 · 90 Plazas · 13 Municipios📋 Índice de Contenidos
Distribución de plazas por municipio
| Municipio | Isla | Plazas |
|---|---|---|
| Palma | Mallorca | 50 |
| Manacor | Mallorca | 8 |
| Santanyí | Mallorca | 8 |
| Maó | Menorca | 7 |
| Calvià | Mallorca | 6 |
| Son Servera | Mallorca | 4 |
| Formentera | Formentera | 3 |
| Felanitx | Mallorca | 2 |
| Sant Llorenç des Cardassar | Mallorca | 2 |
| Alaró | Mallorca | 2 |
| Ciutadella de Menorca | Menorca | 2 |
| Sant Antoni de Portmany | Ibiza | 2 |
| Búger | Mallorca | 1 |
| Sineu | Mallorca | 1 |
Todos los requisitos deben cumplirse en la fecha de finalización del plazo de solicitud y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
- Nacionalidad española (imprescindible).
- Edad mínima: Haber cumplido 18 años en la fecha de cierre del plazo de solicitud. Sin límite máximo de edad.
- Titulación: Título de Bachillerato, Técnico (FP Grado Medio) o equivalente. También se admite la superación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior o universidad para mayores de 25 años.
- Permiso de conducir A2 (motocicletas hasta 35 kW) en vigor.
- Permiso de conducir B (turismos) en vigor, sin restricciones.
- Lengua catalana: Nivel B2 acreditado mediante certificado oficial reconocido por el Govern de les Illes Balears (EBAP, UIB, EOI, etc.).
- Sin antecedentes penales por delitos dolosos en España ni en ningún país donde se haya residido.
- No inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
- No separado del servicio de ninguna Administración Pública por expediente disciplinario.
- Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando sea necesario en el ejercicio de las funciones policiales.
- Aptitud psicofísica: No estar incluido en las causas de exclusión establecidas en el Anexo 5 del Decreto 40/2019.
- Tasa de examen: Abonar los derechos de examen en el plazo y forma establecidos en las bases (pueden existir exenciones o bonificaciones).
El proceso es por oposición libre. Todas las pruebas tienen carácter eliminatorio y deben superarse en el orden establecido.
Prueba de Conocimientos (Tipo Test)
Se divide en dos bloques, ambos tipo test y eliminatorios:
- Bloque general: 30 temas sobre legislación constitucional, administrativa, seguridad vial, derecho penal, igualdad, coordinación policial, etc.
- Bloque específico: 10 temas sobre conocimientos geográficos, históricos, sociológicos y demográficos del municipio y su isla, así como ordenanzas municipales propias de la corporación convocante.
Pruebas de Aptitud Física
5 ejercicios eliminatorios regulados por el Decreto 40/2019 (ver sección 4). Se debe superar cada ejercicio individualmente.
Reconocimiento Médico
Revisión del cuadro de exclusiones médicas regulado en el Anexo 5 del Decreto 40/2019. Carácter eliminatorio. El aspirante debe presentarse en las condiciones psicofísicas requeridas.
Pruebas Psicotécnicas y de Personalidad
Evaluación de aptitudes intelectuales (razonamiento, memoria, atención) y del perfil de personalidad. Puede incluir una entrevista personal si el tribunal lo considera necesario para clarificar los resultados. Carácter eliminatorio.
Curso Básico de Capacitación (EBAP) + Prácticas
Los aspirantes que superan la oposición son nombrados funcionarios en prácticas. Deben completar el curso básico de capacitación en la EBAP (47.ª promoción en 2026, con 222 plazas de formación en Mallorca, Menorca e Ibiza) y posteriormente un periodo de prácticas supervisadas en el municipio asignado.
Las pruebas físicas están reguladas por el Decreto 40/2019 y constan de 5 ejercicios eliminatorios. Una novedad del reglamento actualizado es la aplicación de un baremo único (equivalente al de menores de 30 años) para todos los aspirantes, independientemente de su edad.
Es obligatorio presentar un certificado médico el día de las pruebas, firmado por médico colegiado, acreditando la aptitud para realizarlas.
1. Circuito de Agilidad
Recorrido con obstáculos (picas y vallas) en superficie de 8×4 m. Evalúa coordinación, velocidad y destreza motriz. Se puntúa por tiempo.
2. Course Navette
Test de ida y vuelta (resistencia aeróbica). El aspirante debe completar el mayor número de etapas posible al ritmo de señales sonoras progresivamente más rápidas.
3. Salto Vertical
Prueba de potencia del tren inferior. Se mide la altura máxima alcanzada en el salto desde parado. Se puntúa en centímetros.
4. Velocidad 50 metros
Carrera de velocidad explosiva en superficie plana. Se puntúa por el tiempo empleado en recorrer los 50 metros desde salida parada.
5. Lanzamiento Balón Medicinal
Prueba de fuerza del tren superior. Lanzamiento de balón medicinal desde posición de pie. Hombres: 5 kg · Mujeres: 3 kg. Se mide la distancia en metros.
Marcas mínimas orientativas (baremo único)
Las marcas que se muestran a continuación son orientativas basadas en el Decreto 40/2019. Las marcas exactas y definitivas se publican en las bases de cada convocatoria.
| Prueba | Hombres (mín.) | Mujeres (mín.) | Unidad |
|---|---|---|---|
| Circuito de agilidad | ≤ 9,5 s | ≤ 10,5 s | Segundos (menos es mejor) |
| Course navette | ≥ 8,5 etapas | ≥ 7,0 etapas | Etapas completadas |
| Salto vertical | ≥ 45 cm | ≥ 35 cm | Centímetros |
| Velocidad 50 m | ≤ 7,2 s | ≤ 8,2 s | Segundos (menos es mejor) |
| Lanzamiento balón medicinal | ≥ 8,5 m | ≥ 6,5 m | Metros |
El temario se divide en 30 temas de carácter general (comunes a todos los municipios) y 10 temas de carácter específico (sobre el municipio o isla concreta). Referencia: bases del Ayuntamiento de Palma, convocatoria 2023, actualizadas para 2026.
- T.1 – La Constitución española de 1978. Norma suprema. Características y estructura. Principios constitucionales. La reforma constitucional.
- T.2 – La Constitución española de 1978. Derechos y deberes fundamentales. Clasificación. Protección y suspensión de los derechos. El Defensor del Pueblo.
- T.3 – La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre Cortes y Gobierno. El poder judicial. El Tribunal Constitucional.
- T.4 – La organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Principios generales. La Administración local. Las CCAA. Los municipios. Las provincias.
- T.5 – El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears. Estructura y disposiciones generales. Competencias autonómicas. Instituciones: Parlamento, Govern, president y Consells Insulars. El poder judicial en Baleares. La reforma del Estatuto.
- T.6 – La Ley 20/2006, de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen Local de les Illes Balears. Los municipios: elementos, identificación, población, organización y competencias. Reglamentos, ordenanzas y bandos.
- T.7 – El RDL 6/2015, de 30 de octubre, Texto refundido de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto, ámbito, estructura. Distribución de competencias. Competencias municipales en seguridad vial. Conceptos básicos.
- T.8 – El RD 1428/2003, Reglamento General de Circulación. Normas generales de comportamiento: normas generales de los conductores; alcohol; estupefacientes y sustancias análogas.
- T.9 – El RD 1428/2003, Reglamento General de Circulación. La circulación de vehículos.
- T.10 – El RD 1428/2003, Reglamento General de Circulación. La señalización: normas generales y prioridad entre señales. Señales y órdenes de los agentes de circulación.
- T.11 – El RD 818/2009, Reglamento General de Conductores. Las autorizaciones administrativas para conducir: el permiso y la licencia de conducción.
- T.12 – El RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Normas generales.
- T.13 – El RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Ciclomotores, ciclos, vehículos de tracción animal y tranvías.
- T.14 – El RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Autorizaciones de circulación: matriculación y matriculación ordinaria.
- T.15 – El RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Anexo II: definiciones y categorías de vehículos.
- T.16 – El RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos. Anexo XVIII: placas de matrícula, colores e inscripciones.
- T.17 – El accidente de tráfico. Definición, tipos, causas y clases. La actividad policial ante accidentes de tráfico. Orden cronológico de actuaciones.
- T.18 – La Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de les Illes Balears (modificada por Ley 11/2017). Principios generales. Cuerpos de policía local. Estructura y régimen de funcionamiento.
- T.19 – La Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales. Régimen disciplinario: principios generales, infracciones, sanciones, potestad sancionadora, extinción y prescripción.
- T.20 – El Decreto 40/2019, Reglamento marco de coordinación de las policías locales de les Illes Balears. Uso del equipo básico de autodefensa y protección. Uniformidad y equipamiento. Normas de apariencia externa, presentación y uniformidad.
- T.21 – La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Principios básicos de actuación. Disposiciones estatutarias comunes. Características y funciones de las policías locales.
- T.22 – La policía local como policía judicial. La detención. Concepto. Derechos y garantías del detenido. El procedimiento de habeas corpus.
- T.23 – La Ley de Enjuiciamiento Criminal. La denuncia. La policía judicial.
- T.24 – La LO 10/1995, Código Penal. La infracción penal. Las personas criminalmente responsables de los delitos.
- T.25 – La LO 10/1995, Código Penal. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: hurtos, robos, robo y hurto de uso de vehículos, usurpación, defraudaciones, daños.
- T.26 – La LO 10/1995, Código Penal. Delitos contra la seguridad vial.
- T.27 – La LO 10/1995, Código Penal. Delitos cometidos con motivo del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas garantizadas por la Constitución.
- T.28 – La LO 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Preámbulo. Disposiciones generales. Principios. Derechos de las personas.
- T.29 – La Ley 11/2016, de igualdad de mujeres y hombres de la CAIB. Exposición de motivos. Disposiciones generales. Competencias, organización institucional y financiación. Violencia machista.
- T.30 – La Ley 8/2016, para garantizar los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuals y para erradicar la LGTBI fobia. Disposiciones generales. Políticas públicas para promover la igualdad efectiva. Mecanismos de garantía.
El contenido varía según el municipio convocante. En los procesos unificados EBAP, este bloque recoge conocimientos geográficos, históricos, sociológicos y demográficos del término municipal y las ordenanzas de la corporación convocante. Ejemplo de temas del Ayuntamiento de Palma (referencia):
- T.31 – Historia de la ciudad de Palma. Evolución histórica y patrimonial.
- T.32 – El Ayuntamiento de Palma: organización administrativa y áreas de gestión.
- T.33 – Ordenanza municipal de limpieza, desechos y residuos sólidos urbanos.
- T.34 – Ordenanza municipal reguladora del ruido y las vibraciones.
- T.35 – Ordenanza para la inserción de los animales de compañía en la sociedad urbana.
- T.36 – Ordenanza de publicidad dinámica.
- T.37 – Ordenanza municipal de ocupación de la vía pública.
- T.38 – Ordenanza reguladora del uso cívico de los espacios públicos.
- T.39 – Ordenanza de circulación del municipio.
- T.40 – Ordenanza municipal reguladora de la movilidad de los ciclistas.
El cuadro de exclusiones médicas para la Policía Local en las Illes Balears está regulado en el Anexo 5 del Decreto 40/2019. A diferencia del RD 326/2021 de la Policía Nacional, esta normativa autonómica tiene sus propias categorías de exclusión.
- Agudeza visual reducida que no alcance los umbrales establecidos en el Anexo 5, con o sin corrección.
- Defectos de refracción (miopía, hipermetropía, astigmatismo) que superen los límites reglamentarios.
- Discromatopsia (daltonismo) que impida la distinción de colores básicos necesarios para la función policial.
- Patologías oculares que afecten significativamente al campo visual o a la agudeza (glaucoma, cataratas severas, retina).
- Diplopía, estrabismo no corregible o nistagmos.
- Hipoacusia bilateral superior al umbral establecido en frecuencias de conversación, con o sin audífono.
- Hipoacusia unilateral severa que comprometa la función policial.
- Patologías crónicas del oído medio o interno con repercusión funcional auditiva o vestibular.
- Vértigo crónico o tinnitus incapacitante.
- Cardiopatías congénitas o adquiridas no corregidas con repercusión funcional.
- Arritmias cardíacas de mal pronóstico o que impidan la actividad física policial.
- Hipertensión arterial severa no controlada con tratamiento.
- Antecedentes de infarto de miocardio con secuelas funcionales.
- Insuficiencia cardíaca de cualquier grado.
- Valvulopatías severas sin corrección.
- Insuficiencia venosa crónica severa (varices de grado avanzado con úlceras o flebitis de repetición).
- Epilepsia o trastornos convulsivos de cualquier tipo, incluso con tratamiento.
- Trastornos psiquiátricos mayores: esquizofrenia, trastornos bipolares, psicosis.
- Trastornos de personalidad con repercusión significativa sobre el comportamiento y la función policial.
- Abuso o dependencia de alcohol u otras sustancias psicoactivas.
- Alteraciones neurológicas progresivas con déficit funcional (temblor esencial grave, Parkinson, ataxia).
- Antecedentes documentados de conducta suicida activa.
- Patología de columna vertebral con déficit funcional importante (hernias severas, escoliosis grave, espondilolistesis avanzada).
- Amputaciones o malformaciones de extremidades que limiten la actividad operativa policial.
- Pie plano, valgo o cavo de grado severo sin posibilidad de compensación ortopédica.
- Artropatías crónicas degenerativas con limitación funcional significativa.
- Secuelas de fracturas con déficit motor o sensitivo relevante.
- Talla o parámetros biológicos (IMC) fuera de los límites establecidos en el Anexo 5 del Decreto.
- Sistema respiratorio: Asma bronquial de grado severo, EPOC con déficit funcional, neumotórax espontáneo de repetición.
- Sistema endocrino: Diabetes mellitus insulinodependiente de difícil control; obesidad con IMC fuera de los límites reglamentarios.
- Sistema digestivo: Enfermedades inflamatorias intestinales crónicas severas (Crohn, colitis ulcerosa) con repercusión funcional.
- Piel: Dermatosis extensas que impidan el uso del uniforme o del equipo de protección policial.
- Enfermedades infecciosas: Enfermedades crónicas transmisibles con repercusión en la capacidad funcional para el servicio.
- Tensión arterial: Parámetros de tensión fuera de los umbrales establecidos en el Anexo 5 del Decreto 40/2019.
- Marzo 2026 Publicación de la convocatoria unificada EBAP en el BOIB (Boletín Oficial de les Illes Balears) y en el BOE.
- Marzo – 21 Abr 2026 Plazo de solicitud de admisión. Inscripción telemática a través de la Sede Electrónica de la CAIB o del Portal de Oposiciones del Govern.
- Abril – Mayo 2026 Publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos. Plazo de subsanación de errores.
- Mayo – Jun 2026 Publicación de la lista definitiva de admitidos. Convocatoria a las pruebas de conocimientos.
- Jun – Jul 2026 Prueba de conocimientos tipo test (bloque general + bloque específico). Máximo 3 meses desde la convocatoria.
- Jul – Ago 2026 Pruebas de aptitud física: circuito de agilidad, course navette, salto vertical, 50 m velocidad y lanzamiento de balón medicinal.
- Ago – Sep 2026 Reconocimiento médico (Decreto 40/2019, Anexo 5) y pruebas psicotécnicas y de personalidad.
- Sep – Oct 2026 Publicación de la lista de aprobados. Nombramiento como funcionarios en prácticas.
- 2026 – 2027 Inicio del Curso Básico de Capacitación (47.ª promoción, 222 plazas) en la EBAP. Prácticas supervisadas en el municipio de destino.
Fases de la formación tras superar la oposición
- Nombramiento como funcionario en prácticas: Tras superar todas las fases de la oposición, el aspirante es nombrado funcionario en prácticas por la corporación local correspondiente.
- Curso básico de capacitación (EBAP): Formación de 800 horas impartida por la Escuela Balear de Administración Pública, de carácter teórico-práctico, con módulos de seguridad vial, procedimiento policial, autodefensa, uso de armas y primeros auxilios.
- Periodo de prácticas supervisado: Estancia en el municipio de destino bajo la tutela de un agente experimentado. Es condición indispensable para la incorporación definitiva al cuerpo.
- Nombramiento definitivo: Una vez superado el periodo de prácticas, el aspirante es nombrado funcionario de carrera del cuerpo de policía local del municipio correspondiente.
Funciones del Agente de Policía Local
- Protección de personas y bienes en el ámbito municipal.
- Regulación y control del tráfico en el término municipal.
- Auxilio y asistencia ciudadana en situaciones de emergencia.
- Policía administrativa: vigilancia del cumplimiento de ordenanzas municipales.
- Policía judicial en la parte que corresponde al ámbito local.
- Colaboración con la Policía Nacional y la Guardia Civil en operaciones de seguridad.
